CONFLICTOS DE LÍMITES  DE ARGENTINA CON CHILE (1856-1902)

La enorme la enorme extensión e irregularidad de la línea fronteriza que los separa, ha provocado que en la historia común de Argentina y Chile, hayan surgido repetidos conflictos de límites, que felizmente siempre fueron solucionados diplomáticamente, como lo fueron también, las diversas controversias que en nuestra Historia, se han suscitado con otros países hermanos (ver Conflictos de límites de Argentina con países vecinos).

En 1856, Argentina y Chile firmaron un “Tratado de paz, amistad, comercio y navegación” que fue el primer intento de encauzar por el camino de la paz y el entendimiento, las lógicas diferencias que deberán tener a los largos de sus historias.

Entre otros aspectos, este Tratado acordaba la aplicación del principio del “uti-possidetis” relativo a lo que cada estado poseía en 1810 y posponía la resolución de los litigios limítrofes para el futuro. En su artículo 39º, el tratado proponía los mecanismos de la negociación diplomática directa y del arbitraje para solucionar las diferencias en las tierras australes.

Pero la presencia argentina en la Patagonia con motivo de las campañas que se realizaron al desierto, provocaron que Chile hiciera un reclamo diplomático de soberanía que finalmente no prosperó.

Pero una ley argentina del 16 de Junio de 1875 —que acordaba subvenciones a los barcos que mantuvieran comunicación marítima con la costa patagónica— volvió el tema a la mesa de discusiones y alteró las relaciones argentino-chilenas.

El Secretario de la Legación chilena en Buenos Aires, MÁXIMO LIRA protestó en julio y agosto de ese año por la sanción de la Ley y la concesión de tierras en la Patagonia a la empresa Galles y Cía., sosteniendo que Chile estaba en posesión  pacífica del estrecho de Magallanes hasta el río Santa Cruz y que la Patagonia se hallaba sujeta a arbitraje, a lo que el Ministro de Relaciones Exteriores Argentino BERNARDO DE IRIGOYEN respondió  que “Chile nunca tuvo posesión indiscutida de las tierras que ocupaba y que no podía avanzar más allá de Punta Arenas, ni ejercer jurisdicción sobre el Atlántico”.

Si bien se iniciaron algunas conversaciones que no arribaron a ninguna solución, a comienzos de 1876 surgieron algunas dificultades que provocaron la interrupción abrupta de las mismas.

Meses después, Chile, acreditó en Buenos Aires como nuevo plenipotenciario a DIEGO BARROS ARANA, quien, en junio de ese mismo año, acordó con IRIGOYEN una transacción, limitada a las tierras e islas magallánicas. Pero ésta fue desechada por ambos gobiernos.

El 12 de mayo de 1877 fue firmado un nuevo convenio, pero la Cancillería chilena lo rechazó, causando una gran agitación pública en ambos países y la retirada de BARROS ARANA de Buenos Aires. Pero el enviado chileno regresó nuevamente en diciembre del mismo año y negoció un nuevo Tratado “ad referendum”.

Este documento fue terminantemente rechazado esta vez por el gobierno argentino y el 12 de junio de 1877, el Presidente NICOLÁS AVELLANEDA envió al Congreso un extenso mensaje con la historia de estas tramitaciones y el anuncio del retiro de la Legación Argentina en Santiago de Chile y el retiro del enviado plenipotenciario chileno BARROS ARANA de Buenos Aires.

Máxima tensión y aprestos bélicos. En octubre de 1878 la situación se agravó cuando una nave chilena, la corbeta “Magallanes” apresó al barco norteamericano “Devonshire” que estaba cargando guano en la Caleta de Monte León, con licencia argentina.

AVELLANEDA dio entonces, orden a la escuadra nacional para que se alistara y marchara de inmediato para poner bajo control argentino ambas márgenes del río Santa  Cruz. El 25 de noviembre de 1878 la escuadra argentina, al mando del Comodoro LUIS PY, tomó posesión  de la desembocadura de dicho río y se instaló en el lugar, forma definitiva la Subdelegación Marítima “Santa Cruz”.

Por su parte, el gobierno chileno ordenó a su escuadra que se trasladara al Estrecho de Magallanes y cuando parecía inminente un choque armado, se abrió una nueva negociación que  culminó en el Convenio “Fierro-Sarratea”, firmado el 6 de diciembre de 1878, y mediante el cual se mantuvo el “statu quo”: con la Argentina sobre el Atlántico y Chile sobre el Estrecho.

Vuelve la calma. El 30 de junio de 1879,  en la ciudad de Buenos Aires, sobre la base del Convenio “Fierro-Sarratea”firmado en diciembre del año anterior, fue firmado por los respectivos Plenipotenciarios, un Convenio aplazando por diez años la cuestión de límites entre Chile y la República Argentina.

La república de Chile quedó, en tanto, ejerciendo jurisdicción en el mar y costas del Estrecho de Magallanes, canales e islas adyacentes, y nuestro país en el mar y costas del océano Atlántico e islas adyacentes, pero el Congreso argentino vetó este Convenio, después de haberle puesto su conforme el Presidente de la República, doctor NICOLÁS AVELLANEDA.

En marzo de 1879 llegó a Buenos Aires el nuevo representante chileno JUAN MANUEL BALMACEDA, quien el 3 de julio de ese año, firmó un “pacto de modus vivendi” por diez años. El Pacto fue firmado por el Gobierno de Chile pero el Senado argentino  sancionó su rechazo y se abrió así un nuevo impasse.

Roca asume como Presidente de la Nación (12/10/1880)
El General JULIO ARGENTINO ROCA asume la presidencia y heredó el problema que había quedado pendiente desde la anterior presidencia de AVELLANEDA, durante la cual todos los intentos de acuerdo habían fracasado. La situación llegó a tal punto de tensión que hasta fueron suprimidas temporalmente las Legaciones de ambos países.

El gobierno chileno quería que toda la Patagonia fuera objeto de arbitraje, pero Roca no aceptó la pretensión. En noviembre de 1880 el representante de los Estados Unidos en Chile se dirigió por carta a su colega acreditado en Buenos Aires, enviándole una propuesta que debía servir de base para una nueva negociación argentino-chilena.

Roca dio su apoyo a la gestión de los ministros estadounidenses y, sobre la base de anteriores negociaciones, en febrero de 1881 se reanudaron las conversaciones para solucionar el litigio.

Se firma un nuevo Tratado
Finalmente, el 23 de julio de 1881 los Ministros Plenipotenciarios, doctor BERNARDO DE IRIGOYEN por la República Argentina y FRANCISCO DE ECHEVERRÍA por la de Chile, firmaron, para poner a la consideración de sus respectivos gobiernos, un Tratado de Límites que debía poner fin a la controversia sobre los derechos de soberanía de cada país, sobre el Estrecho de Magallanes y Tierra del Fuego.

En mayo el anteproyecto del Tratado fue aprobado por las dos partes y siete meses después del comienzo de las conversaciones se llegó al acuerdo que fue firmado en Buenos Aires por el cónsul general de Chile, FRANCISCO DE BORJA ECHEVERRÍA, y por el ministro argentino de Relaciones Exteriores, BERNARDO DE IRIGOYEN.

El Tratado presentaba muy pocas modificaciones en relación con un acuerdo realizado en 1876, que finalmente no había sido aceptado por el gobierno chileno. Establecía la libre navegación del estrecho de Magallanes, su neutralidad a perpetuidad y el compromiso de no fortificarlo en toda su extensión.

Además, quedaba para la Argentina parte de Tierra del Fuego y la Isla de los Estados, dejando fuera de la disputa toda la Patagonia, hasta el paralelo 52. En el tratado se sentó el principio de que en adelante los conflictos serían sometidos al fallo de una nación amiga.

En marzo de 1893, el Ministro Plenipotenciario argentino en Santiago, NORBERTO OUIRNO COSTA, suscribió con el ministro de Relaciones Exteriores de Chile, ISIDORO ERRÁZURIZ, un protocolo adicional del tratado de 1881, mediante el cual se declaraba absoluta la soberanía de cada Estado sobre su respectivo litoral marítimo: Chile no podía pretender punto alguno sobre el Atlántico, ni nuestro país sobre el Pacífico. Dicho  pacto fue aprobado y ratificado por los gobiernos de ambos países.

Las Comisiones demarcadoras de límites habían reanudado así sus trabajos, y en mayo de 1895 estaba ya delineada la frontera en Tierra del Fuego.

Se habían colocado 5 hitos en el encadenamiento principal de la Cordillera de los Andes, y continuaban los estudios para el sector del cerro San Francisco. Pero al dejar el nuevo pacto en pie, las aspiraciones chilenas a hacer del “divortium aquarum la base de demarcación y no la línea de las altas cumbres, se fue alejando la posibilidad de un acuerdo definitivo.

En 1895, al asumir JOSÉ EVARISTO URIBURU la presidencia de la Nación, la principal controversia giraba sobre la determinación del punto de partida de demarcación en la Cordillera de los Andes: la Argentina no admitía que fuese el cerro San Francisco, por 26 grados, sino un punto de la Puna de Atacama, por 23 grados.

En el curso de ese año la controversia se reflejaba polémica­mente en artículos periodísticos y folletos publicados en ambos lados de la cordillera.

En, setiembre de 1895, en vista de los desacuerdos que surgían entre los peritos en la exploración y fijación de hitos, los gobiernos de Chile y la Argentina elaboraron un convenio para evitar la suspensión de los trabajos; y al año siguiente formalizaron otro, aclaratorio del anterior.

Este último establecía que las operaciones de demarcación de límites entre ambos países se extenderían en la Cordillera de los Andes hasta el paralelo 23 de latitud austral, debiendo trazarse la línea divisoria entre dicho paralelo y el de 26° 52′ 45″.

Al dejar URIBURU la presidencia no se había alcanzado la meta de fijar la línea de frontera, pero, a pesar de algunos pronósticos sombríos de guerra, estaban dadas las bases legales para superar los roces graves mediante negocia­ciones, peritajes y arbitrajes.

El conflicto con Chile influyó, no obstante, poderosamente en la vida argentina, ya que posibilitó actos de política interna: en primer lugar, la reelección de Roca y, en segundo, la división de las dos principales figuras del ,P. A. N. (Roca y Pellegrini), relacionada con la crisis financiera que la paz armada había comportado.

En 1896 se agudizó la tensión en las relaciones entre la Argentina y Chile, y en las calles de Santiago y de Buenos Aires llegaron a desfilar grupos de ciudadanos que pedían armas para terminar con el problema por la vía de la fuerza, pero las cosas no pasaron a mayores.

En 1898 nuevas disensiones, nuevamente  llevaron a las partes al borde de la guerra. Las cancillerías decidieron, entonces, somete: la cuestión del límite definitivo al rey de Inglaterra, Eduardo VII, quien se expidió en 1902 dando una solución definitiva al dividir unos  94.000 km2 en disputa y otorgando 40.000 a la Argentina y 54.000 a Chile (imagen).

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Los Pactos de Mayo. A raíz de los inconvenientes originados por la aplicación del Tratado de 1881, y para evitar la repetición de nuevas situaciones que atenten la paz, en mayo de 1902 se firmaron tres pactos que son conocidos como “Los Pactos de Mayo”. Son ellos: “El Acta preliminar”, el “Convenio de Limitación de Armamentos Navales” y el Tratado General de Arbitraje entre Chile y Argentina de 1902”.

Allí, además de fortalecer el principio bi-oceánico acordado en 1893, se establece que cualquier conflicto entre Chile y Argentina, será solucionado pacíficamente,  que todas las controversias que pudieren surgir, serán dirimidas mediante un arbitraje neutral que será realizado por la corona británica o en su reemplazo por la Confederación Suiza, a quienes se someterán los problemas y cuyo fallo será inapelable (ver Tratados limítrofes entre Argentina y Chile).

Fuentes: “Hombres y Hechos en la Historia Argentina”, César Civita, Editorial Abril, Buenos Aires, 1972; “Antecedentes del Diferendo de Límites con Chile”, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, Buenos Aires 19769; “Conflictos en el Atlantico Sur”, José Estanislao Cortines, Ed. Instituto de Publicaciones Navales, Buenos Aires, 1989; “Las cuestiones de límites con Chile”, César Quirós, Ed. Instituto de Estudios Históricos”, Buenos Aires. 1965;  “Crónica Argentina”, Editorial Codex, Buenos Aires, 1974; “En la isla del fuego”, Juan E. Belza, Ed. Instituto de Investigaciones Históricas Tierra del Fuego, Buenos Aires, 1974.

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