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LA JUNTA CONSERVADORA (23/09/1811)
El 23 de setiembre de 1811, la “Junta Grande”, cediendo a la presión del Cabildo de Buenos Aires y de los “morenistas”, que acusándola de inoperante la forzaron a que cediera las funciones ejecutivas de gobierno en un organismo que sea un representante del pueblo, crea el “Primer Triunvirato” (1) mientras que ella se convertía en “Junta Conservadora” (2) a cargo de las funciones legislativas, quedando las judiciales bajo la responsabilidad del Cabildo.
En el Decreto que dictó a estos efectos, deja taxativamente establecido que el nuevo organismo tendrá “su conducta ajustada a las disposiciones que le dictará la “Junta Conservadora” y dispone que los señores diputados de los pueblos y provincias (es decir los que integraban la Junta Grande hasta ese momento), pasaban a integrar la “Junta Conservadora”.
El 19 de setiembre de 1811 entonces, para “corresponder al sentimiento público y acallar sus protestas”, convoca a un Cabildo abierto para decidir el nombre de los vecinos que debían acompañarla en su gestión y luego de practicar el escrutinio de los votos emitidos, resultaron electos FELICIANO CHICLANA y JUAN JOSÉ PASO, como Diputados, MANUEL DE SARRATEA como Apoderado del Pueblo y sin derecho a voto, a BERNARDINO RIVADAVIA (Secretario de Guerra), JULIÁN PÉREZ (Secretario de Gobierno) y VICENTE LÓPEZ Y PLANES (Secretario de Hacienda). Más tarde, JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN y BERNARDINO RIVADAVIA se incorporaron como miembros titulares, en reemplazo de MANUEL DE SARRATEA y JUAN JOSÉ PASO respectivamente y JOSÉ FRANCISCO UGARTECHE y fray IGNACIO GRELA lo hicieron como miembros suplentes.
Con esta maniobra de los “morenstas”, el nuevo organismo quedaba conformado por cinco porteños y un solo provinciano (Julián Pérez). Había triunfado así la tendencia de los seguidores de MARIANO MORENO y de la disuelta «Sociedad Patriótica y Literaria», representantes del más absoluto «porteñismo, cuyo más calificado adalid será BERNARDINO RIVADAVIA, sostenedor a ultranza de que la difícil situación externa e interna que se vivía, obligaban a establecer un gobierno centralizado que desde Buenos Aires, impusiera su autoridad sobre el resto del territorio (ver La Sociedad Patriótica y Literaria de Buenos Aires).
Ambos organismos, el «Triunvirato» y la «Junta Conservadora» comenzaron asi la gestión de un gobierno compartido, pero no tardaron en distanciarse, a causa de graves divergencias políticas. Mientras el primero trataba de imponer sus ideas y proyectos “centralistas”, la «Junta Conservadora» bajo la influencia del dean GREGORIO FUNES, representaba el sentir de las provincias, que también es justo decirlo, aspiraba al predominio político ya que si bien, el Triunvirato representaba al núcleo dirigente de la capital, la Junta, aunque disminuida y desprestigiada como lo estaba, era en esos momentos la expresión del país entero.
Y fue tal el desorden institucional provocado por esta situación, que la confusión que creaban ambos organismos en pugna, pronto produjo graves inconvenientes a las autoridades del interior, que no sabían a qué atenerse por lo que poco fue finalmente lo que pudo hacer la Junta de Observación durante su breve existencia de menos de dos meses intentando representar los intereses de las provincias del interior frente al centralismo porteño que encarnaba el Triunvirato.https://elarcondelahistoria.com/el-primer-triunvirato-23091811/
Se ocupó sí, en consolidar su rol legislativo y su autoridad por sobre el “Primer Triunvirato” y para ello, sancionó el “Reglamento Orgánico” (3) que redactara el dean GREGORIO FUNES donde establecía la división de poderes, declaraba la inviolabilidad de los diputados (origen de los “Fueros”) y la subordinación del Triunvirato, estableciendo taxativamente que éste era responsable ante la Junta y que no podía tomar decisiones de paz, guerra o tratados sin su consentimiento, a lo que rápidamente respondió el Triunvirato, considerando excesivas las restricciones a su autoridad que se pretendían imponer.
El 7 de noviembre de 1811, el Triunvirato, argumentando que sancionando este “Reglamento”, la “Junta Conservadora” había sobrepasado sus atribuciones (4), mediante un Decreto de BERNARDINO RIVADAVIA lo rechazó y la declaró disuelta, pasando a ser entonces, la única y hegemónica autoridad de las Provincias Unidas del Río de la Plata” (ver El Primer Triunvirato).
Sugerimos leer los comentarios que nos enviaran «Mariano» y «Ezequiel» con respecto a este tema. Son muy atinados y ayudarán a comprender mejor lo expuesto en nuestra página.
(1). En realidad nació como “Gobierno Superior de las Provincias Unidas del Río de la Plata, a nombre del señor Don Fernando VII”.
(2). Su nombre completo era «Junta Conservadora de la Soberanía del señor Fernando VII y de las leyes nacionales».
(3). El documento se llamó formalmente “Reglamento de la División de Poderes”, aunque en la historia argentina se lo conoce comunmente como el “Reglamento Orgánico de 1811” y se lo considera el primer intento de establecer una Constitución y una separación de poderes en el territorio rioplatense.
(4). Y no sólo las restricciones a su poder que se establecía en ese documento, causó su rechazo. El Triunvirato como “los morenistas”, consideraban agraviantes algunos de sus artículos, por ejemplo el 5° donde se establecía que “La Junta Conservadora tendrá el tratamiento de Alteza con los honores correspondientes y celebrarán sus sesiones en lo…” (Google IA).
Sugerimos leer los comentarios que nos enviaran «Mariano» y «Ezequiel» con respecto a este tema. Son muy atinados y ayudarán a comprender mejor lo expuesto en nuestra página.
Muy claro y didáctico
La verdad estas cosas que han pasado me siguen sirprendiendo por que con el estudio todo se logra ja😊
No esta de mas agregar que Rivadavia al sentir que esta junta subordinaba al triunvirato y le hacia tener menos poder (con la auto-atribución de facultades como designar a los tribunos) envía el reglamento orgánico, que había creado la J.C para la promulgación por los tribunos, al cabildo para que sea examinado. Es Ingenioso el movimiento de Riv. porque el cabildo es un organismo municipal el cual no tiene atribuciones para decidir sobre cuestiones nacionales. En fin es desestimado este y se disuelve por un decreto de Riv que a la vez crea el estatuto provisional
Ezequiel: Muy atinado su comentario. Al quedar registrado a continuación de nuestra nota, la completará y mejorará su contenido. Gracias por su colaboración.
jaja
me encanra
jajaja amitamvien
Muy largo
Jajaja ste men
Necesito saber la diferencia entre la junta grande y la junta conservadora no lo entiendo !!!!
burra
Florencia: La Junta Grande es sucedida por dos organismos: El Triunvirato que atenderá los asuntos concernientes a un Poder Legislativo y la Junta Conservadora, que ejercerá las funciones de un Poder Ejecutivo.
Muy buen tema. Pienso que es una concesión generosa decir que la Junta Grande creó el Triunvirato y la Junta Conservadora. En realidad fueron victorias del Cabildo de Buenos Aires. Aún cuando a la Junta se le dieron atribuciones de legislación, de revisión y de suprapoder, esto no se reflejó en el poder real. Ya esas creaciones fueron victorias del sector centralista porteño. Entre el 23 de septiembre y el 7 de noviembre pasa un mes y medio en el que el golpe iniciado por la facción porteña se perfecciona. La Junta Conservadora fue de cartón, y cuando el Triunvirato se cansó de hacer como que la escuchaba, la disolvió.
Otra cosa: con la sanción del Reglamento del 22 de octubre, la Junta, además de producir una pieza jurídica magnífica, injustamente olvidada, da inicio a la tradición de que, si septiembre será el mes reaccionario por antonomasia, octubre es el mes de la patriada. Ayer y siempre.
A