LA PENA DE MUERTE EN LA ARGENTINA

La pena de muerte ha sido aplicada por todos los países de Latinoamérica en algún momento de su historia, aunque a fines del siglo XX, ya en casi todos ellos, ha sido abolida (1).

La pena de muerte en América
Actualmente, diecinueve países de América abolieron la pena de muerte: Argentina, Bolivia, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Dieciseis  países tienen todavía pena de muerte, algunos de ellos, para aplicarse solamente en estado de guerra. Son ellos; Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, Dominica, Estados Unidos (algunos Estados), Granada, Guatemala, Guyana, Jamaica, Saint Kitts y Guido, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago y Surinam

La pena de muerte en la Argentina.
En las Provincias Unidas del Río de la Plata (actual República Argentina), la pena de muerte fue abolida por la Asamblea General Constituyente de 1813. Amparada por una jusrisprudencia  traída a América por los españoles  e inscripto en la Ley de Indias, se mantuvo vigente durante toda la época colonial (1580/1810). Luego de innumerables cambios de rumbo fue reimplanta y derogada en numerosas oportunidades hasta que fue abolida definitivamente por Ley del Congreso, en 2008  (o por lo menos así parece).

Sin embargo numerosos casos muestran una curiosa discontinuidad en el criterio de aplicación de esta pena. Descartando los casos de carácter político-militar que se sucedieron con significativa frecuencia durante la lucha por nuestra Independencia y los sucedidos durante las luchas internas durante la década de 1820, abonan esta conclusión los casos emblemáticos , como fue el fusilamiento de Santiago de Liniers (04/10/1911)  y otros vencidos en combate y fusilados sin juicio previo.

El protagonizado por el Primer Triunvirato en 1812, al emitir  un bando por el que se condenaba a muerte a los que eran sorprendidos robando en domicilios, entre otros, hasta 1852 se continuó fusilando por cuestiones políticas y en otros casos para  “preservar las buenas costumbres», como se adujo en el fusilamiento de Camila O’ Gorman y el cura Ladislao Gutiérrez, en 1848.

Derogada en agosto de 1852, la pena de muerte fue abolida por la Constitución de 1853 y la provincia de Buenos Aires hizo lo propio en 1868, pero será reimplantada en el Código Penal de 1886. Pero en la mañana del sábado 22 de julio de 1916, los calabreses Francisco Salvatto y Giovanni Lauro fueron fusilados en el patio de la Penitenciaría Nacional, al ser encontrados culpables del secuestro seguido de muerte de Frank Carlos Livingston.

El caso había sido bautizado por el periodismo como «El crimen de la calle Gallo 1680» y ese sábado se aplicaba por última vez la pena de muerte para delitos comunes que contemplaba el Código Penal de 1886. Faltaban tres meses para la asunción del primer gobierno democrático surgido de la ley Sáenz Peña. Fue en el patio de Penitenciaría Nacional, donde muchos de los vecinos que disfrutan del Parque Las Heras seguramente desconocen que en ese lugar también pasó la historia.

“Si bien la pena de muerte estaba contemplada en el proyecto del Código Penal de 1922, finalmente el Congreso no la votó. Primó la postura de que no existe derecho alguno de matar a un semejante; que la muerte del acusado no repararía el mal causado y que, en definitiva, el condenado debía vivir precisamente para reparar el daño ocasionado”.

En 1932 volvió a considerarse la reimplantación de la pena de muerte, cuando el 23 de octubre de ese año fue secuestrado Abel Ayerza y su cuerpo apareció muerto en febrero de 1933, luego de intensas negociaciones. Entonces el Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de pena de muerte por electrocución, el método que se aplicaba en Estados Unidos. Pero los legisladores no lo trataron.

A pesar de no estar vigente,  “Cuando el general José F. Uriburu derrocó a Hipólito Yrigoyen, instauró la ley marcial. Producto de ella, se fusiló el 1º de febrero de 1931 en la Penitenciaría Nacional al anarquista Severino Di Giovanni junto a su cuñado Paulino Scarfó, quienes habían sido autores de varios atentados en la ciudad de Buenos Aires.

También hubo otros fusilamientos de delincuentes comunes, como ocurrió en la comisaría 1a de Avellaneda con los hermanos Gatti, que días atrás habían sido detenidos cuando robaban en un comercio en avenida Mitre. La orden la había dado el mayor José Rosasco, a cargo de la policía local; en venganza, sería asesinado meses después mientras cenaba en un restaurante de esa ciudad.

La datación de nuestra página nos impide continuar con esta historia pero aconsejamos entrar en Pena de muerte en el derecho argentino, una excelente página donde se desarrolla este tema con precisión.

(1).. Lsta de países latinoamericanos que en algún período de su historia aplicaron la pena de muerte y fecha en que fue abolida.

Argentina; La Asamblea del Año XIII abolió la pena de muerte, un castigo legal traído a América por los españolpor e inscripto en la Ley de Indias. Fue abolida y reimplantada en diversas oportunidades y finalmente fue definitivamente derogada en 2008, mediante una Ley del Congreso Nacional;
Bolivia: Vigente entre 1974 y1997, la abolió el 27/01/1997, pero la mantiene vigente para tiempos de guerra;
Brasil: Vigente entre 1885 y 1979. En 2009 la abolió definitivamente, pero  la mantiene vigente para tiempos de guerra;
Chile: Vigente entre 1890 y 2001. Hoy la mantiene vigente solamente para tiempos de guerra;
Colombia: Vigente entre 1886 y 1910. En 1910 la abolió definitivamente;
Costa Rica: La abolió definitivamente en 1877; Cuba: La mantiene vigente;
Ecuador: La abolió definitivamente en 1906;El Salvador: La mantiene vigente;
Guatemala: La mantiene vigente;
Haití: La mantiene  vigente sólo en tiempos de guerra;
Guatemala: La mantiene vigente;
Honduras: La abolió definitivamente en 1956;
México: La abolió en 2005;
Nicaragua: La abolió en 1979;
Panamá: La abolió en 1922;
Paraguay: La abolió en 1992;
Perú: La mantiene vigente sólo para tiempos de guerra;
República Dominicana: La abolió en 1986;
Uruguay: La abolió definitivamente en 1907;
Venezuela: La abolió definitivamente en 1863

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