22/3/1855

En cumplimiento del artículo 39 de los “PACTOS DE CONVIVENCIA” firmados entre el gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Confederación, se reunió en Paraná (provincia de Entre Ríos) otra Convención destinada a formalizar un régimen común de comercio, unión y amistad, que fomentara el recíproco intercambio y pactara el mutuo auxilio en previsión de la contingencia de una agresión del exterior.

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