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PREEMINENCIA (1541)
Se designaba como PREEMINENCIA a cualquiera de los diversos privilegios específicos otorgados durante la época colonial a un funcionario o grupo de funcionarios gubernamentales.
Por ejemplo: únicamente un miembro del Cabildo podía ingresar a la Sala de reuniones, llevando espada. Ni siquiera un teniente gobernador podía llevar un bastón de paseo cuando asistía a una sesión del Cabildo, pues tal privilegio era reservado para los militares (ver Recuerdos, usos y costumbres del Buenos Aires de antaño).