3/12/1889

Celebrando el advenimiento de la nueva República de los Estados Unidos del Brasil, el Poder Ejecutivo dictó, en acuerdo de Ministros, un Decreto cuyos principales artículos son los siguientes: “Artículo 1º. Celebrar el advenimiento de la República de los Estados Unidos del Brasil, señalando al efecto el día 8 de diciembre. Articulo 2º. La Bandera nacional será enarbolada en todos los establecimientos públicos, fortalezas y buques de guerra de la Nación. Artículo 3º. Los buques de la armada nacional surtos en los puertos de la República y en el extranjero, empavesarán y harán los más altos honores que por las or­denanzas corresponden a este caso.”

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