1891

REGULACIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. El inspector general de la Municipalidad (creada en 1891), Procurador FORTUNATO DAMIANI, elevó un proyecto de ordenanza para la regulación de espectáculos públicos. Los puntos principales fueron: 1. Prohibición a las empresas de incluir en su repertorio obras que perjudiquen o agravien a los altos funcionarios públicos nacionales o provinciales; 2. Prohibición de poner en escena repertorio o carteles, avisos y telones con figuras cuyo contenido ofenda a la moral pública o el decoro;  3. Prohibición al público de ofrecer actos que repugnen a la moral en los palcos, escenarios, escenarios o plateas; 4. Guardar respeto al público por parte de los empleados teatrales 5; El público, en sus manifestaciones de aprobación o desaprobación, debe guardar la compostura que “toda sociedad culta dispensa a los artistas de distintos géneros y categorías”; 6. Los espectáculos deben empezar a la hora convenida, no pudiendo esperar mas de veinte minutos previo aviso al inspector de servicio; 7. Las empresas, de cambiar el repertorio, deben hacerlo con ocho horas de anticipación, previo aviso a la prensa y anuncios en carteles e izando de día una bandera roja. En el mismo punto, una luz roja indicará que el espectáculo se llevará a cabo.

 

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