00/12/1778

SE IMPLANTA EL ALMOJARIFAZGO (De la palabra árabe al-musrif, que significa inspección o inspector). Derecho de aduana impuesto sobre la exportación de productos y mercancías de España y sobre su importación en las colonias. Generalmente variaba entre el cinco y el diez por ciento, siendo este último más usual hacia el fin del siglo XVII. En el Reglamento de Comercio Libre (1778) la tasa fue estipulada en el siete por ciento para los productos extranjeros y en el tres por ciento para los productos nacionales en los puertos principales, estando Buenos Aires incluido en esta clasificación.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *