07/05/1818

Mediante un Decreto del Director Supremo PUEYRREDÓN se prohíbe la la matanza de vientres y de todo vacuno menor de tres años, en todo el territorio de las Provincias Unidas, con el objeto de evitar el despoblamiento ganadero, cuyas existencias se estaban viendo afectadas por el descontrol en la matanza, impulsado por la industria saladeril y el desperdicio en que se incurre, por el mal aprovechamiento que se hace en los mataderos.

 

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