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LAS ENCOMIENDAS. LA MITA Y EL YANACONAZGO (20/12/1523)
Las “encomiendas” fueron una de las primeras instituciones que implantó la corona española en sus colonias de América. Fue el sistema de distribución laboral más generalizado en las colonias hispanas y se aplicaba a latifundios que contenían población propia, donde se llevaban a cabo actividades variadas pero continuas.
A partir del descubrimiento de América, el encuentro entre los conquistadores y los aborígenes se planteó como una relación de dominación y explotación. Juristas y teólogos se enfrascaron en disputas acerca de la naturaleza humana de los indígenas, muchas veces para justificar su esclavitud. Ya, cuando Colón repartió las primeras tierras a sus acompañantes, los beneficiarios exigieron también la provisión de mano de obra y así llegó este sistema que introdujo la costumbre del «repartimiento de indígenas para que se desempeñen como mano de obra en beneficio de los conquistadores españoles”, que se extendió a toda América.
Mediante estos “repartimientos”, que comenzaron a llamarse “encomiendas”, porque “se encomendaba a la autoridad de un colonizador o “encomendero” las familias de aborígenes, que con sus propios caciques, quedaban “encomendadas” a la autoridad de éste, con el objeto de percibir los tributos que los aborígenes debían pagarle a la corona (en trabajo o en especies y, posteriormente, en dinero), en consideración a su calidad de súbditos de ésta. A cambio, el encomendero debía cuidar del bienestar de los “encomendados” en lo espiritual y en lo terrenal, asegurando su mantenimiento y su protección, así como su adoctrinamiento cristiano o evangelización.
Como los expedicionarios españoles no eran muchos y todos debían entregarse al servicio de las armas, y poco era el tiempo que les quedaba para el trabajo civil, el 20 de diciembre de 1523, mediante una Real Provisión se institucionalizó en América el sistema de “las encomiendas”, definiéndolo como “un sistema mediante el cual, cada uno de ello (refiriéndose a los españoles que comenzaban a llegar a América), en su carácter de colono, recibía su parte, no sólo en la distribución de las tierras, sino también en el reparto de la mano de obra necesaria para trabajar esas tierras”. En otras palabras, se les asignaba un grupo de indígenas para que la laboraran en beneficio de sus amos, “los encomenderos”.
Decía esta Real Provisión que las “encomiendas eran un derecho concedido por merced real a los beneméritos de las Indias, para percibir y cobrar por sí los tributos de los indios en lo espiritual y temporal, y de habitar y defender las provincias donde fuesen encomenderos y hacer juramento particular de cumplimiento a este homenaje”.
“Los indios no quedan por esclavos, ni aun por vasallos de los encomenderos y sólo reconocen al rey por señor, como los demás españoles y de los tributos que a él, como tal, le deben pagar” (“Política indiana”, Juan de Solóezíno y Pereira. Madrid, 1647).
Al principio, el carácter de las “encomiendas” era vitalicio, pero no hereditario; luego se impuso la llamada “disimulación”, que permitía a los hijos y a la viuda de un “encomendero”, beneficiarse como sucesores del cargo. Y así fue hasta el 25 de marzo de 1536, mediante una Real Providencia, se reconoció la llamada “encomienda por dos vidas”, es decir, la del titular y la de su sucesor.
Sin embargo, a pesar de que había leyes que protegían a los aborígenes, éstas no se cumplían casi nunca. Se produjeron graves abusos por parte de los encomenderos y el sistema derivó en muchas ocasiones en formas de trabajo forzado o no libre, al reemplazarse, en muchos casos, el pago en especie del tributo, por trabajo en favor del encomendero.
Y el abuso comenzó a ser tan grande, que se produjeron numerosas sublevaciones y el escándalo llegó a la corte española. Para investigar lo que sucedía, fue enviado un “Juez visitador”, quien luego de rendir un informe lapidario a su regreso a España, fue quien promovió la sanción de las famosas “Leyes de Indias”, que si bien no lograron poner freno a los abusos que cometían los españoles en las colonias de América, por lo menos sirvieron para disponer de un arma legal para castigar a aquellos que infringían la Ley y cuyos desmanes fueran denunciados o constatados.
Combatida “la encomienda” por teólogos y moralistas, la corona española tuvo que adoptar otras “leyes protectoras” y en 1542, hasta llegó a decretar la abolición de las encomiendas. Ese mismo año, BARTOLOMÉ DE LA CASAS, antiguo “encomendero, devenido en sacerdote, fue nombrado obispo de Chiapas, pero ejerció el cargo durante poco tiempo antes de verse obligado a regresar a España debido a la resistencia a las Nuevas Leyes por parte de los encomenderos, y a los conflictos con los colonos españoles por su política para con los aborígenes.
Dos años más tarde, volvió a América donde comprobó que las cosas seguían igual y fue testigo del horror de la explotación que practicaban los españoles. Aunque la esclavitud había sido abolida para los indios, en cambio, se permitía el ingreso de esclavos negros, por lo que en la práctica no había ninguna diferencia.
En las minas y los campos el trabajo agobiante y el maltrato se cobraron miles de víctimas. El padre LAS CASAS, se transformó entonces, en el hombre más odiado por los colonizadores al defender los derechos de los indios y tratar de rescatarlos de los trabajos forzados.
El negocio de un “repartimiento”
Dice un “Informe y plan de Intendencias” presentado a Carlos III por el visitador José de Gálvez y el Virrey Marqués de Croix en 1768, recomendando que se lo establezca en las “Provincia de este Reino de Nueva España”,
«La principal subsistencia de los Alcaldes Mayores, consiste en los repartimientos que hacen a los indios de vestuarios, mulas y otros géneros, haciéndose mercaderes y tenderos ellos y sus tenientes, comprando a los naturales las mulas por poco precio, y volviéndolas a vender en más que el Supremo. Estos repartimientos fueron precisos al tiempo de la conquista, cuando los indios andaban desnudos y no tenían lo instrumentos necesarios para la agricultura ahora, no, porque los mismos naturales tejen sus ropas”.
Pero no solo los funcionarios se veían favorecidos por el otorgamiento de estos repartimientos o encomiendas, también los hoy llamados “hijos del poder”, se veían beneficiados con este cruel sistema de explotación como lo corrobora una Real Cédula del Virrey del Perú, marqués de Cañete, emitida el 25 de febrero de 1577 que confirma a Doña Teresa de Avendaño, mujer de Don Pedro de Córdoba, en la posesión de la encomienda de indios carangas, mitiuanes, moyos-moyos y otros de Atacama y otra emitida el 8 de julio de 1577, «haciendo merced al hijo mayor legítimo de Nufrio de Chaves de una encomienda de indios que renta anualmente 3000 pesos» (ver Las Ordenanzas de Indias).
Las “encomiendas” en la Argentina
En la Argentina, el sistema fue criticado desde el comienzo, pero las leyes del gobierno hicieron poco por mejorar la situación y los abusos que se cometían bajo este sistema jugaron su papel en la lucha argentina por su independencia, como lo manifiestan las repercusiones de la revuelta de Tupac Amaru y la tesis escrita por MARIANO MORENO, donde atacaba el servicio personal de los indios en general («Disertación sobre el trabajo personal de los indios»).
Fin del sistema
Estos sistemas de organización laboral funcionaron por poco menos de cien años, debido a muchos factores que influyeron para que dejaran de aplicarse. El uso descuidado y los excesos cometidos comenzaron a provocar su acelerada desaparición como sistemas de organización social, y otros sistemas los reemplazaron, esta vez dándoles participación a aborígenes, mestizos, criollos, afrodescendientes y más tarde inmigrantes, que por su condición de hombres libres, pudieron trabajar todos a la par y en el mismo nivel de consideración y respeto.
La población europea en Hispanoamérica creció de tal manera, que no quedó extensión de tierra con habitantes nativos para repartir, quedando ya establecidas las fronteras con las tribus belicosas. La población comenzó a concentrarse en centros urbanos, y muchas de las actividades no necesitaban los sistemas de repartición.
Los indígenas elegían escapar de sus encomenderos o caciques, para vivir vagando como indios libres, con la posibilidad, hasta de ganar algún dinero, ofreciéndose como mano de obra en aquellos lugares desesperadamente necesitados de ella, como sucedía en “Cerro Rico de Potosí, la minas de plata en el Alto Perú.
Por otro lado, la población nativa mermó en medida tan grande, que en muchas regiones de las colonias, debieron ser reemplazados por mano de obra esclava, comprada a traficantes que la traían del África Subsahariana.
Diversas enfermedades endémicas, excesos en los castigos y en los trabajos, enfermedades laborales, adopción de vicios europeos y una pronunciada baja de la natalidad, fueron también algunos otros de los factores causantes de esa merma a los que debe agregarse, la aparición de una nueva figura jurídica: el “mestizo” o criollo, un nuevo integrante de la oferta laboral que, si bien era veladamente discriminado por la sociedad colonial blanca, fue eximido del pago de muchas cargas fiscales hasta fines del siglo XVIII, lo que provocó un crecimiento, por conveniencia, de su cantidad en todo Latinoamérica.
Por último, la encomienda, la mita y el yanaconazgo, como sistemas de repartición de mano de obra, comenzaron a desaparecer, pero no dejaron de existir totalmente antes de su desaparición oficial. El primer intento para que ello ocurriera, lo realizó el rey Carlos I quien, luego de que en 1546 se insurreccionaran los colonos españoles instalados en Perú en defensa de sus “derechos” como encomenderos, causando la muerte del virrey BLASCO NÚÑEZ VELA, al no poder cumplir con las Leyes que protegían a los indígenas, en 1549, decretó oficialmente a abolición de la “mita”, aunque de alguna forma (quizás menos cruel y deshumanizada), persistió hasta casi dos siglos más tarde. Luego, el 29 de noviembre de 1718, el rey FELIPE V, decretó la abolición de “las encomiendas”, pero tampoco se logró su pleno cumplimiento y el sistema también perduró hasta casi un siglo más tarde.
El 1º de setiembre de 1811, la Junta Grande abolió el sistema, publicando el decreto en castellano, quechua y aimara (lenguas de los indios del noroeste de la Argentina y Bolivia) y la Asamblea Constituyente del Año XIII, haciendo suyos los fundamentos de esta prohibición el 12 de marzo de 1813, declaró extinguidos, además del “tributo” que se les exigía a los aborígenes, “la mita”, “la encomienda” y “el yanaconazgo” y toda forma de servicio personal de los indios, declarando que los indígenas eran hombres libres y con igualdad de derechos a todos los demás ciudadanos que pueblan el territorio y dispuso que el decreto ya emitido en quechua y aimará, fuera traducido al guaraní, para que todos lo comprendieran (ver El aborigen y su problemática).
Se eliminaba así un resabio de una cruel política de sojuzgamiento al nativo, dejada sin efecto por una Resolución de la Asamblea del Año XIII, mediante una legislación de avanzada, que San Martín pudo llevar luego al Perú.
La “mita” y el “yanaconazgo”
Existían dos tipos principales de encomiendas: la de los “mitayos” (la mita), que voluntariamente trabajaban dos meses al año para sus encomenderos; y la de los “yanaconas” (el yanaconazgo), que siendo prisioneros de guerra, eran considerados propiedad del encomendero y se los empleaba en los trabajos más duros.
La “mita”
El término “mita”, deriva de una voz quechua que significa «turno» y fue el virrey FRANCISCO ÁLVAREZ DE TOLEDO quien en 1573 rescató e instaló, en todo el territorio del virreinato del Perú (del cual dependía el territorio del Río de la Plata), la “mita”, un tipo especial de encomienda o repartimiento en el cual, grupos de indios eran obligados a tomar turnos en los trabajos de las minas.

En realidad, se trataba de una antigua legislación incaica que obligaba a los miembros de esa comunidad, a prestar servicios gratuitos durante ciertos períodos, para la realización de tareas necesarias para el desarrollo y el bienestar común y en un principio, tuvo especial presencia en las actividades mineras, agrícolas, pastoriles y aún domésticas”.
Fue entonces que un sistema que potenciaba el espíritu solidario de una sociedad, se transformó en una práctica aberrante de explotación del hombre por el hombre, porque, al ser un servicio al que estaban forzados los indígenas durante un período del año en el que debían trabajar gratuitamente, se trataba en realidad de una esclavitud encubierta y los destinados a las minas sufrieron abusos crueles.
Aunque hubo relativamente poca explotación minera durante el período colonial en el territorio que es actualmente la Argentina, periódicamente, en cada poblado, se hacía un sorteo para determinar quienes debían pasar al servicio de los españoles, ya sea en forma gratuita o mediante el pago de un salario.
En el Rio de la Plata, era un servicio público de carácter obligatorio, en donde el Corregidor, destinaba mano de obra nativa para trabajar un periodo determinado en alguna actividad, generalmente en labores temporarias o para zonas con poca población autóctona. Se utilizaba mucho en la minería, y en aquellos años, se utilizaron importantes mitas en las minas de Potosí, con las cuales la región noroccidental de la Argentina tenía estrechos vínculos políticos, económicos y sociales. Se estima que en el Perú, el siete por ciento de los aborígenes sometidos, actuaron como “indios mitayos” (es decir que prestaron servicios bajo este sistema), trabajando, no solo en las minas porque lo hacían en los obrajes y en las actividades agrícolas puntuales, como la siembra o la cosecha. Cuando se terminaba el plazo o la labor, el indígena regresaba a su vida cotidiana.
La Ordenanza que la instaló, disponía que un séptimo de los varones casados de entre 15 y 50 años de cada pueblo, debían trabajar un año de cada siete en las minas de Potosí (plata) o Huancavelica (azogue). Las condiciones eran horribles dentro de las minas y este sistema de explotación se sumará al de las encomiendas, una vieja tradición hispánica que trajeron a América y al yanaconazgo.
Leemos en “La Historia en mis documentos” de Graciela Meroni “Los indios que son destinados a las minas de Potosí, son conducidos y colocados dentro de un cercado que está al pie de la montaña, donde el Corregidor los distribuye a los directores de las minas y después de seis días de un trabajo constante, el director los conduce de nuevo el sábado siguiente, al mismo punto y allí, el Corregidor les hace pasar revista para que los dueños de las minas, les paguen los sueldos que se les haya señalado y para saber cuántos de ellos han muerto para que los «Curacas» suplan el número que falta, pues no pasa semana que no mueran algunos, ya por diversos accidentes que ocurren como el desmoronamiento de grandes cantidades de tierra, la caída de piedras, enfermedades, etc.»
«Son muy fastidiados también, a veces, por vientos encerrados dentro de las minas, cuya frialdad, unida a la de la tierra en algunas partes, los penetra de tal modo, que a no mascar la coca que los calienta y emborracha, les sería insoportable. Otro gran mal que sufren es que en algunas partes los gases sulfurosos y minerales son tan fuertes que los reseca de una manera extraña, de tal modo que les impide la libre respiración».
«De estos indios se eligen generalmente los mejores trabajadores para desprender el metal de entre las rocas. Otros indios sirven para conducir lo que se cava, en pequeñas canastas hasta la boca de la mina y otros, para embolsarlo en sacos y cargarlo sobre una especie de carnero, que llaman «carneros de la tierra»,
La “mita minera” constituyó uno de los servicios más duros e inhumanos (imagen) que pesaron sobre los aborígenes en el período colonial, hasta el punto de que en 1549, el rey CARLOS I decretó su abolición en Nueva España, medida extendida después a las minas del Perú. No obstante, este sistema permaneció activo por varios años más, aunque sujeto a una más estricta vigilancia y a una más generosa aplicación.
La duración de la “mita” podía ser de quince días (para el servicio doméstico) y hasta de diez meses (la mita minera), pasando por períodos de diversa duración, siendo el más frecuente el de tres o cuatro meses (la mita pastoril).
El «yanaconazgo»
El “yanaconazgo” fue también una Institución incaica prehispánica, donde los “yanaconas”, eran al parecer, indios separados de su tribu o cacique y utilizados como sirvientes o como braceros en las plantaciones, convirtiéndose en propiedad del señor al cual eran asignados.
Fue adoptada por los conquistadores españoles y empleado principalmente en el virreinato del Perú, aunque pronto también se aplicó en el virreinato del Río de la Plata, adquiriendo una forma de servicio personal mediante el cual, considerándoselos siervos adscriptos a la tierra, los aborígenes eran otorgados en propiedad a un conquistador español y obligados a trabajar para él, a cambio de recibir vestido, alimento, un magro salario y a veces, también, una pequeña parcela de tierra para que en calidad de «aparcero» la cultivara en su propio provecho.
Aunque parezca que tenía similares características con la “mita”, en realidad, no era así. En este caso, el responsable de proveer una determinada cantidad de mano de obra destinada a una actividad, eran los caciques que debían cubrir una cierta cuota de trabajadores para cobrar un “honorario”, mientras que los seleccionados, pasaban de por vida a ser propiedad de su amo español.
En un principio, esto funcionaba bien, pero la mortandad y los aborígenes escapados de su cacique, provocaba injusticias con los que quedaban y generalmente derivaba en revueltas internas en las poblaciones.
Fue entonces, cuando se trató de abolir el sistema y los intentos de Carlos I y de Felipe V no tuvieron el resultado que se esperaba. Ya comenzando el siglo XIX, en la Argentina, aunque el sistema era muy criticado desde el comienzo debido a los abusos que se cometían, las leyes del gobierno hacían poco por mejorar la situación hasta que MARIANO MORENO atacó la institución en su «Disertación sobre el trabajo personal de los indios» y el 1º de setiembre de 1811 la Junta Grande abolió el sistema definitivamente, publicando el Decreto correspondiente en castellano, quechua y aimara (lenguas de los indios del noroeste de la Argentina y Bolivia), decisión que fue formalmente ratificada por la Asamblea de 1813, agregando una versión en guaraní (ver Las encomiendas. La mita y el yanaconazgo).
Fuentes. «Relación de los viajes de Acarrete du Biscay al Río de la Plata”. Acarrete du Buscay, en la Revista de Buenos Aires, Nº 50; “Catálogo cronológico de Reales Cédulas, Órdenes, Decretos, Provisiones, etc. referentes a América, desde 1508 a 1810”. Biblioteca Nacional, Sección Manuscritos, Buenos Aires); “La Historia en mis documentos”. Graciela Meroni, Ed. Huemul, Buenos Aires, 1969.