27/2/1813

La Asamblea General Constituyente del Año XIII, sanciona el “Estatuto dado al Supremo Poder Ejecutivo” en el que se establecían las atribuciones y facultades del Segundo Triunvirato, como también el funcionamiento del mismo y la duración en el mandato de sus miembros, quienes sólo podrían ser removidos por la Asamblea, en caso de notoria falta o “violación de sus sagrados derechos”.

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