JUICIO DE RESIDENCIA (1700)

JUICIO DE RESIDENCIA. Se llamaba así al proceso judicial al que se sometían todos los funcionarios reales cuando dejaban un determinado puesto. Esta institución española, trasladada a sus colonias en el Nuevo Mundo, estaba destinada a castigar cualquier crimen del que fuera culpable un funcionario o a reparar cualquier daño cometido por éste a una persona o propiedad. Un juez especial interrogaba secretamente a los testigos y escuchaba todas las acusaciones y descargos que luego tenían que ser comprobadas. El funcionario que dejaba un cargo oficial, debía quedarse residiendo en la zona en que había ejercido sus funciones, hasta que finalizara la residencia o bien dejar a un responsable y una garantía que respaldara su compromiso de quedarse a disposición de las autoridades, hasta que éstas lo liberaran del mismo. En el siglo XVIII, la residencia –aplicada a todos los funcionarios reales en la Argentina– comenzó a ser omitida para algunos funcionarios de alto rango; después de la Revolución de Mayo (1810) la Primera Junta dictó disposiciones especiales con respecto a esta institución y el Congreso de Tucumán la mantuvo vigente, pero sólo para los gobernadores y los tenientes gobernadores.

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