19/06/1856

SE SANCIONA LA LEY DE DERECHOS DIFERENCIALES PARA LA IMPORTACIÓN. Para restar preponderancia y rentabilidad al puerto de Buenos Aires y beneficiar a los 14 puertos que se habían habilitado sobre el río Paraná y a los 5 que se instalaron en el Río Uruguay, luego de dos años de tratamiento, se aprueba el proyecto de Ley presentado por el diputado por la provincia de Córdoba LUCERO y  se establece por Ley, que si los buques que traían mercaderías extranjeras, las descargaban directamente en los puertos de la Confederación (esos 19 que se han mencionado), pagarían menos derechos que si ellas se introducían por el puerto de Buenos Aires, salvo los que venían del sur de Brasil, del Paraguay o del Uruguay.

 

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