01/01/1859

SE ESTABLECEN DERECHOS DIFERENCIALES PARA LA EXPORTACIÓN. El gobierno de la Confederación presidido por JUSTO JOSÉ DE URQUIZA establece “derechos diferenciales” para la exportación. Con el mismo criterio que sustentara la creación de “derechos diferenciales para la importación  el 19 de julio de 1856, dispone beneficios impositivos para quienes importen desde Europa y entren sus mercaderías por los puertos establecidos a lo largo de los ríos Paraná y Uruguay.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *