LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII DECRETA LA LIBERTAD DE VIENTRES (02/02/1813)

El 2 de febrero de 1813, respondiendo a una iniciativa del diputado CARLOS MARÍA DE ALVEAR, la Asamblea del Año XIII, decretó la libertad de vientres.

Establecía sí, que “los hijos de esclavos nacidos a partir del 31 de enero anterior debían ser considerados hombres libres, aunque debían seguir cumpliendo con ciertas obligaciones para con sus amos y viceversa” (1).

Además dispuso severas penas para evitar que los amos burlaran la ley y ordenó a los propietarios de esclavos, a los párrocos y a las autoridades que dieran cuenta al gobierno de todo nacimiento de hijos de esclavos, para que las criaturas fueran  debidamente registradas.

También se dispuso que los niños quedaran con su madre hasta los dos años de edad y que el amo debía cuidarlo desde ese momento y darle educación, a cambio del trabajo gratuito del chico hasta los quince años. A partir de esa edad y hasta los 20 años debía pagarle un salario y depositarlo para formarle un capital.

El 4 de febrero la Asamblea dio un paso más, dispuso que “todos los esclavos de países extranjeros que de cualquier modo se introduzcan desde este día en adelante quedan libres por el solo hacho de pisar el territorio de las Provincias Unidas”. Pero esta medida pronto trajo problemas.

El gobierno del Brasil la consideró un acto hostil temiendo la fuga de sus esclavos e hizo llegar una reclamación a través de lord STRANGFORD, que era el embajador inglés ante la corte de Río de Janeiro-

Para evitar enfrentamientos, el Segundo Triunvirato dio un paso atrás en sus ideales revolucionarios y a fines de diciembre del mismo año, dispuso que los efectos de esta última decisión quedaban suspendidos hasta que el 21 de enero de 1814 y la misma Asamblea aclaró esto, diciendo

“para que sólo se comprendiese con aquellos que fuesen introducidos por vía del comercio o la venta” quedando como “acuerdo reservado” que los esclavos fugados del Brasil fueran devueltos a sus amos, sin poder alcanzar la libertad (El texto de esta media, tal como se sancionó el 4 de febrero, antes de la protesta de Brasil, se incorporó casi textualmente al texto de la Constitución de 1853).

Al respecto de este tema, leemos en “El Telégrafo Mercantil: ”Los decretos de 1812 y 1813 han terminado con el infame tráfico negrero (ver La esclavitud en el Río de la Plata).

«El puerto de Buenos Aires, hasta ahora uno de los centros más activos de ese comercio, queda cerrado para tales actividades. Hechos tan bochornosos como la subasta de seres humanos, no se repetirán en nuestro suelo donde todos los hombres nacerán libres e iguales en sus derechos».

Más tarde, ya en 1817, necesitando el gobierno de Buenos Aires aumentar los efectivos afectados a las campañas militares de la época, dispuso que los negros recibirían la libertad a cambio de que lucharan en el Ejército de los Andes, logrando con esta medida que gran número de ellos se alistara (2).

(1). En el marco de la época y comparada con las legislaciones  de otros países americanos, esta resolución era verdaderamente revolucionaria.

En un “Bando” mediante el cual se comunicaban al pueblo los alcances de este Decreto se decía: “Siendo tan desdoroso como ultrajante a la humanidad  el que en los mismos pueblos que con tanto tesón y esfuerzo caminan hacia su libertad,  permanezcan por más tiempo en la esclavitud,  esta Asamblea Decreta que los  niños que nacen en todo el territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, sean considerados y tenidos por libres todos los que en dicho territorio hubiesen nacido desde el 31 de enero en adelante, fecha ésta que fue elegida por ser la que marcaba la feliz instalación de la Asamblea.  

Es importante recordar que la Asamblea del Año 1813, no abolió la esclavitud, sino que sólo estableció la “libertad de vientres”, es decir, que simplemente pretendía cortar la continuidad del estado de esclavitud para los nativos, nacidos de padres esclavos. Evidentes intereses económicos se opusieron a que realmente “aboliera la esclavitud”, medida que sí se tomó luego, mediante la Constitución de 1853.

(2). Los negros argentinos fueron abnegados y entusiastas soldados de la Revolución, pagando pródigamente con su sangre la deuda de gratitud contraída con los que, inspirándose en la justicia y en el respeto a la dignidad humana, rompieron sus cadenas de esclavos.

Los “Libertos” decidieron más de un encuentro con los españoles. El batallón 8 de línea, todo de gente de color, contribuyó a la toma de Montevideo e hizo las campañas del Perú y Chile. El Regimiento 7 de Infantería, fundado por el coronel Luzuriaga con negros porteños, sucumbió totalmente en Sipe-Sipe.

Los inmortales soldados del Regimiento 1 de Línea, se cubrieron de gloria a las órdenes de San Martín y brillaron en primera línea en todos los combates y batallas en que tomaron parte, cabiéndoles el honor y la suerte de arrollar y vencer a guerreros hasta entonces invencibles, como los de los regimientos españoles de Burgos y Victoria, triunfadores de los veteranos de Napoleón I.

Falucho, el negro heroico del Callao, que prefirió  morir gritando ¡Viva Buenos Aires! antes que rendir honores al pabellón del rey. El famoso Regimiento de Pardos y Morenos, el coronel Barcala, héroe en las batallas de nuestra Organización y tantos otros que nos han mostrado el valor con que los negros libertos combatían por la libertad, la independencia y el orden de la patria.

El Ejército Grande” organizado por Urquiza para combatir a Rosas, tuvo dos batallones de “morenos” que combatieron heroicamente en Caseros y después, muchos de ellos se quedaron en Entre Ríos, para recomenzar sus vidas (ver Hombres negros en los Ejércitos de la Patria).

1 Comentario

  1. vanesa

    necesitoel autor de este articulo para colocarlos en un proyecto de investigación

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