20/08/1813

REGISTRO MARCIAL. La Asamblea General Constituyente de 1813 sancionó una ley, cuyo artículo primero ordena “que todo jefe o comandante que dirigiese una acción de guerra, remita al estado mayor general, una relación de los individuos que, habiéndose encontrado en ella, hubiesen fallecido o se hubiesen destacado por su valor en el mismo acto o de sus resultas, para que sirva de recuerdo a la memoria de tan dignos ciudadanos que murieron o se desempeñaron gloriosamente, en defensa de la patria”, (ver «Héroes y Muertos por la Patria» en Temas Puntuales)

 

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