LICENCIAS PARA VIAJAR (05/11/1815)

En 1815 la «Licencia para viajar», fue un documento de tenencia obligatoria, para poder viajar por las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Una ley emitida el 5 de noviembre de 1815, advierte que se aplicarán multas a los viajeros que transitan sin las licencias de los magistrados respectivos y fustiga al poco celo de los maestros de postas para controlarlos.

Dice el texto: «Los transeúntes que viajaren sin licencias de magistrados y las de los respectivos administradores de Correos, incurrírán en la pena de cien pesos de multa., que deberán cobrarlos los maestros de postas, procediendo a la detención de las personas y comunicando el aviso conveniente a las justicias territoriales con arreglo a las ordenanzas.

En caso de haber eludido el celo de los dichos maestros de postas, los Administradores de pueblos deberán exigir la expresada multa de cien pesos y averiguar los maestros de postas que resultaren culpables para la imposición de la penas por separado que se les han comunicado».

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