12/11/1821

REFORMAS MILITARES. La Junta de Representantes de Buenos Aires sanciona la “Ley de retiros” y la “Ley de Premio”. La primera permitía dejar el servicio activo, pasando a cobrar un haber de retiro proporcional a su antigüedad, a los jefes y oficiales del ejército, que estaban en condiciones de hacerlo, u optar, a recibir en títulos del 6% de la deuda pública, la suma que deberían recibir en un lapso de veintidos años. Por la misma ley, las vidas y los huérfanos militares, serían beneficiados con una pensión.

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